Capitulo III Desarrollo histórico de la ciencia política
Hemos visto que una de las disciplinas políticas fundamentales es la historia política con sus dos ramas: Historia de los hechos políticos e historia de las ideas políticas.
Las elaboraciones de estas disciplinas históricas son el más alto interés para la Teoría del Estado, porque le aportan los datos relativos al desenvolvimiento de la sociedad política.
1.- LOS HECHOS POLÍTICOS EN ASIA ORIENTAL.- En Asia Oriental nacieron y se desarrollaron sociedades humanas desde épocas muy antiguas dando lugar a culturas de gran esplendor. A partir del siglo VIII, a. J. C., empieza una nueva época histórica, el hecho político de esta época consistió en la existencia de sociedades políticas gobernadas por un monarca.
La institución de esa monarquía, que se perpetuaba hereditariamente, originó durante varios siglos la sucesión de la misma, de las familias titulares del poder que se conocen como dinastías imperiales.
2.- LAS IDEAS POLÍTICAS EN ASIA ORIENTAL.- Estos hechos políticos del lejano oriente, en la antigüedad, dieron motivo a reflexiones de pensadores sobre los mismos tratando de explicarlos y valorarlos desde un punto de vista ético.
Las más grandes figuras del pensamiento filosófico y político de esta época histórica fueron: Confucio (Kung-Tsé), y su contemporáneo Lao-Tsé, estos filósofos trataron de que renaciera un concepto ético de la vida y la sociedad.
3.- LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA EN EL ANTIGUO ORIENTE.- En el Antiguo Oriente existieron en largas épocas históricas anteriores al nacimiento de Cristo, culturas humanas de extraordinario esplendor y desarrollo, como son las de Egipto, Persia, Asiria, Babilonia, Israel, etc.
Generalmente se denomina “Estado despótico” o “Estado teocrático”, al hecho político de esa época histórica. Este despotismo no implicaba la ausencia total del orden jurídico. Además de “despóticas”, hemos dicho que se califica a estas primitivas organizaciones políticas de “teocráticas”. En este vocablo se significa una relación entre el soberano de la comunidad política y la divinidad.
Dentro de esta organización política, observamos la presencia de dos tipos fundamentales:
1.- El soberano es representante del poder divino y, en consecuencia, su voluntad se asemeja a la de la divinidad e incluso se llega a considerar se encarna del mismo monarca.
2.- El poder soberano se encuentra subordinado al poder divino, que expresa su voluntad por medio de otras organizaciones distintas del titular de la soberanía.
La teocracia puede significar, en el primer caso, el fortalecimiento del poder del monarca y en el segundo, su disminución, por el hecho de crear frente a la autoridad, una clase sacerdotal con determinados privilegios derivados todos de la interpretación de la voluntad divina.
4.- LOS HECHOS POLÍTICOS EN GRECIA.- Dos organizaciones políticas fueron típicas de la cultura griega: la espartana y la ateniense.
La fuente fundamental para conocer esa organización política, la constituyen las leyes de Licurgo y en las cuales se encuentra una reglamentación minuciosa de la sociedad espartana. Esparta tenía un gobierno compuesto por dos reyes, que eran vigilados por 30 ancianos o gerontes, su autoridad era prácticamente ilimitada, existían también los éforos encargados de la vigilancia en general.
El hecho político ateniense, presenta características muy distintas del espartano. La sociedad política del pueblo ateniense, derivado como todas las sociedades políticas humanas de la evolución del grupo familiar, que además de los vínculos biológicos, en virtud de los lazos religiosos, constituye los grupos tribales llamados demos, similares a la gens romana.
Uno de estos demos impuso su autoridad a los otros y surgió la primitiva sociedad política monárquica, pero los jefes de los demos que quedaron sometidos, continuaron teniendo una situación privilegiada, de ahí el carácter aristocrático de esa primera época de la comunidad política ateniense.
5.- EL MONISMO EN LA ORGANIZACIÓN POLITICA DE LA ANTIGÜEDAD.- La característica fundamental de las organizaciones políticas de la antigüedad es el monismo político-religioso, o sea el hecho de que la religión fuese uno de los ingredientes sustanciales de esas organizaciones. No existía una comunidad religiosa al lado de una comunidad política, sino que la comunidad política era a la vez y por encima de toda una comunidad religiosa.
6.- LA “POLIS” GRIEGA.- Un ejemplo típico de ese monismo lo encontramos en la polis griega. La característica fundamental de la organización política griega es su omnipotencia, su potestad absoluta en relación con el individuo, que, por el contrario no tenía más validez en relación con la misma, con la organización política que su capacidad para participar en ella a través de la elaboración de las leyes.
7.- LA “POLIS” GRIEGA DEL SIGLO V.- La polis griega cuya construcción se ha hecho tomando como base fundamental la organización política espartana y ateniense anterior al siglo V. En el siglo V antes de la Era Cristiana, Siglo de Oro del pueblo griego o Siglo de Pericles, como también se le llama, la evolución de la antigua polis llegó a su más alto extremo. La libertad se entendió en un sentido doble: participación en la vida de la polis, y, además, libertad en relación con el organismo político.
En Atenas, a medida que crece la cultura se va ensanchando la esfera de la libertad individual que hizo posible el maravilloso florecimiento de la cultura griega. Esa esfera de libertad individual dio origen a instituciones de Derecho Privado protectoras de la propiedad, de la sucesión, etc.
8.- LA CIENCIA POLITICA EN GREGIA.- En el siglo V a. J. C., tuvo lugar el nacimiento de la Ciencia política. Las ideas políticas dejaron de ser patrimonio de un solo grupo o casta para pasar al conocimiento del pueblo, que ya tuvo parte en el análisis y discusión de los fenómenos políticos.
9.- LOS SOFISTAS.- En esta época aparecieron en diversas ciudades griegas, particularmente en Atenas, unos pensadores que se dedicaban a impartir sus enseñanzas a la juventud. Hubo numerosos sofistas, siendo los más notables, Protágoras de Abdera, Gorgias de Leontino, Pródico, Hipias, Trasímaco, y Calicles.
10.- LA DOCTRINA POLITICA DE LOS SOFISTAS.- Los sofistas, en materia política, como una consecuencia de su posición epistemológica, enseñaban únicamente a los medios mejores que habría utilizar la juventud para apoderarse de los puestos de dominación en la polis. Por medio de la enseñanza de las distintas disciplinas que constituían el saber de su época: la Oratoria, las Matemáticas, la Medicina, la Astronomía, etc., buscaban que tuviesen una preparación suficiente para adueñarse del gobierno; en vez de Ciencia política, enseñaban la Técnica del poder político.
La consecuencia de esta doctrina política es el individualismo mas absoluto; la subordinación total de los valores al interés puramente egoísta.
11.- DOCTRINA POLITICA DE SÓCRATES.- Contra la escuela de los sofistas surgió Sócrates, primero en el tiempo de la gran tríada de filósofos griegos de esta época. Lucho abiertamente contra el relativismo y escepticismo de los sofistas, su método es la “mayéutica”, o sea, el arte de partear los entendimientos para sacar a la luz los conocimientos depositados en el fondo de los mismos.
Sócrates fue el fundador de la ética, como disciplina filosófica, de ahí que toda su obra y, en consecuencia, su pensamiento político tuviesen un contenido moral.
En Sócrates encontramos por primera vez delineados principios de Filosofía Moral del Estado.
En Sócrates advertimos la presencia de la idea del Derecho Natural.
12.- DOCTRINA POLITICA DE PLATÓN.- Platón diseminó su doctrina política en diversos de sus Diálogos y fundamentalmente en tres de ellos: La República, Las leyes y El Político u Hombre de Estado. Hace referencia al pensamiento político de los sofistas y su polémica con Sócrates, en sus diálogos: Protágoras, Gorgias y El Sofista.
Pero la obra principal de Platón en materia política es La República. En ella da las bases de estructuración de un Estado Ideal en el que habría de prevalecer la justicia como valor supremo.
En Las Leyes, se advierte un cambio fundamental en su pensamiento, al incorporal el orden jurídico como algo imprescindible en la comunidad política.
En El Político Platón expresa su teoría de las formas de gobierno a las que divide en monarquía, aristocracia y democracia.
13.- ARISTOTELES.- Cumbre excelsa del pensamiento filosófico de la antigüedad. Notable conocedor de las Ciencias Naturales, aplicó el método de observación derivado de éstas para establecer sus principios de Ciencia Política, derivándolos de la observación de los fenómenos de este orden. Por ello su doctrina no es idealista, sino realista. “El ser constituyó desde entonces el supuesto necesario del deber ser y no viceversa.”
Llegó a conclusiones relacionadas con la influencia de la estructuración de la sociedad en los fenómenos políticos, o sea, principios de “Sociología Política.”
Advirtió la presencia constante en las mismas de elementos jurídicos elaborando importantes principios de Ciencia Jurídica y Derecho Comparado.
El pensamiento de Aristóteles, tiene su punto de partida y apoyo fundamental en la experiencia.
Aristóteles estudia los principios morales y elabora su doctrina del bien, en especial en su Ética a Nicómaco.
Aristóteles estima a la familia y a la propiedad privada como realidades que derivan de la misma naturaleza del hombre.
14.- LA COMUNIDAD POLITICA ROMANA.- La fundación legendaria de Roma se remonta al año 750 a. J. C. Había dos clases sociales: una de ellas, los patricios, eran ciudadanos y tenían derechos políticos, la otra sin derechos políticos, constituían la plebe.
Los patricios constituían la clase aristocrática o gens romana que al reunirse en diez grupos integraban las curias que en conjunto constituían la asamblea curial.
Fue un régimen aristocrático. Con el tiempo los plebeyos reclamaron sus derechos y aparecieron los tribunos de la plebe y poco a poco se fue ampliando la concesión de derechos civiles y políticos a todos los habitantes de Roma, excepción hecha de los esclavos que siguieron siendo considerados como cosas y de todos aquellos que el derecho romano considera como alieni juris.
15.- EL PENSAMIENTO POLITICO EN ROMA.- Roma fue un pueblo eminentemente práctico; se enfrentaba con las necesidades del momento a medida que se presentaban y las resolvía en concreto formular grandes elaboraciones teóricas. Fue un pueblo de soldados, administradores y juristas; pero no de grandes filósofos.
Dominaban las escuelas decadentes de los Epicúreos y los Estoicos. Los Epicúreos sustentaban una doctrina moral basada en el egoísmo y en el placer. Los Estoicos, por su parte, tenían concepciones morales mas elevadas. Estimaban que el bien consiste en vivir conforme a la naturaleza, y para lograrlo, para vivir conforme a la naturaleza, hay que vivir conforme a la razón, esto es, conforme a la sabiduría; el hombre ideal es el sabio que domina sus pasiones y vive conforme a la razón.
16.- EL PENSAMIENTO POLITICO DE POLIBIO.- Polibio, de origen griego, pasó a Roma al perder su patria la independencia. Estudio las instituciones del pueblo romano y redactó una monumental Historia de Roma en cuarenta tomos, de los que solo cinco han llegado íntegramente hasta nosotros. En el libro VI de su Historia estudia las instituciones políticas de Roma en el siglo II antes de la era Cristiana, elogiando la constitución republicana de su época.
17.- DOCTRINA POLITICA DE CICERÓN.- Expresó su pensamiento político en sus obras De República, De Legibus y De Officiis.
En De República, no se refiere a la construcción de una comunidad política ideal, sino que da las bases de estructuración de una comunidad política en que renacen los principios abstractos y morales de la justicia con fundamento sólido en la doctrina ética de los estoicos. La organización política, para Cicerón, no es algo artificial, sino un resultado natural de las condiciones del hombre, y, en consecuencia, útil y necesario.
18.- EL LEGADO DE ROMA.- Roma ha sido el pueblo genial por excelencia en la creación del derecho y las instituciones jurídico-políticas.
Roma, además, legó al mundo una fuente inagotable de sabiduría administrativa desplegada con sin igual maestría en la organización de sus vastos dominios imperiales.
CAPITULO IV DESARROLLO HISTORICO DE LA CIENCIA POLITICA
1.- PRINCIPIOS POLITICOS DEL CRISTIANISMO.- El Cristianismo transformó profundamente la concepción pagana del hombre; frente a los principios negativos de la antigüedad afirmó la dignidad y la igualdad de los seres humanos y la libertad de su conciencia frente a la organización política.
El Cristianismo afirmó la existencia de una comunidad espiritual conjuntamente con la comunidad política. Los textos fundamentales del Cristianismo se encuentran en los cuatro evangelios: de San Mateo, San Lucas, San Marcos y San Juan, en las Epístolas o Cartas de los Apóstoles, en los Hechos de los Apóstoles y en el Apocalipsis de San Juan; estos textos en conjunto constituyen la segunda parte de la Biblia, o Nuevo testamento.
Las palabras divinas contenidas en el Evangelio de San Mateo: “Dad al César, lo que es del César y a Dios, lo que es de Dios”, indicaron la presencia de las dos esferas sociales con distinto ámbito de validez: la iglesia y la sociedad política.
La ciencia política en los principios de esta época no constituía una disciplina autónoma en cuanto a su estudio, pues sus principios se encontraban generalmente mezclados con elaboraciones de tipo exclusivamente religioso en las obras de los padres de la iglesia.
2.- LA PATRÍSTICA.- El Nuevo Testamento, que recoge los principios doctrinales del cristianismo, encierra trascendentales principios políticos. Estos fueron expresados conjuntamente con doctrina teológica.
Los primeros pensadores cristianos reflexionaron sobre las enseñanzas del Nuevo Testamento, de manera inevitable expresaron a la par que doctrina religiosa, doctrina política.
En torno de esos principios y de su célebre aforismo “Non est enim potestas nisis a Deo”, “Toda potestad proviene de Dios”, elaboraron su doctrina los pensadores de los primeros siglos del cristianismo que hemos dicho constituyen la Patrística En esta escuela encontramos dos corrientes de pensamiento: la rama o oriental o griega, y la occidental o latina.
3.- EL PENSAMIENTO POLITICO DE SAN AGUSTIN.- En los primeros siglos del Cristianismo brilló singularmente el genio de San Agustín, obispo de Hipona.
Expresó principios de esta disciplina a lo largo de sus elaboraciones de Filosofía y teología.
La Ciudad de Dios, es un texto clásico en la historia de las ideas políticas.
San Agustín vivió en una época en la que aun luchaba el paganismo para sobrevivir. Se acusaba al Cristianismo de haber provocado la destrucción de Roma. San Agustín escribió La Ciudad de Dios, con el objeto primordial de defender al Cristianismo de esa acusación y demostrar que la causa de la destrucción de Roma fue su debilidad, provocada por la depravación de las costumbres consecuente con su vida pagana.
La doctrina política de San Agustín ejerció una gran influencia durante la edad media. San Agustín representa el punto culminante de la Patrística, recoge el pensamiento de los padres de la Iglesia que le precedieron y le da nueva fuera que perdurara a lo largo de la Edad Media.
El ideal cristiano por realizar es pertenecer y permanecer en la Ciudad de Dios realizando en la vida terrestre los ideales de justicia y de virtud característicos de la Ciudad Divina.
4.- LA POLIARQUIA DE LA EDAD MEDIA.- La sociedad política se caracterizaba por la idea de su naturaleza unitaria. En la edad media, que se inicia con la caída del Imperio Romano de occidente en el año 476, influyó el recuerdo de la poderosa organización del Imperio Romano, trató de ser recogida como herencia por Carlomagno y sus sucesores procurando imponer sus decisiones a la multitud de comunidades políticas europeas en que se fundó la extensa organización de Roma.
Pero en el interior de esas nuevas comunidades políticas también desapareció el monismo político. Existia ahí, por tanto un primer dualismo: dos clases colocadas en diferente situación.
El poder se fue dividiendo mas y mas, al afirmarse las posiciones de los señores feudales dentro de la comunidad política.
La idea dominante es que rex y regnum, la clase gobernante y los gobernados, son dos sujetos políticos distintos, separados entre si, y sin que ninguno de ellos tenga una posición dominante sobre el otro. Exagerando esa doctrina, esta organización política se nos presenta como si existiera un doble estado: el del príncipe y el de las Cortes, cada uno con sus funcionarios, tribunales, ejercito, etc.
En esta época hay que advertir, además, la evolución que sufrió la posición de ambas organizaciones: la posición de la organización política en relación con la Iglesia en el transcurso de los Siglos Medios.
Por encima de todo, existía, perpetua y soberana, la palabra de Cristo, depositada en todos los corazones y confirmada en su plenitud universal por la excelsa filosofía de Santo Tomás.
Luis Weckman afirma que la poliarquía parte de un primer dualismo o diarquía en la atribución de la potestad suprema, o Suzeranía como la califica castellanizando un vocablo francés. Uno de los poderes suzeranos es el del Pontífice, el otro es el del Emperador.
Los conflictos entre los diversos poderes, el Emperador con el Papa, los reyes con el Emperador, y también con el Papa y los reyes con los señores feudales, caracterizaron a la edad media.
5.- EL PENSAMIENTO POLITICO DE LA EDAD MEDIA.- En esta época de adelantos es posible distinguir dos periodos: el primero se inicia con la pretendida restauración del Imperio por Carlomagno, en especial a partir de su coronación por el Papa y que inicio la presencia del Sacro Imperio romano germánico como pretendida comunidad política universal y se caracteriza por la mezcla de las cuestiones teológicas con las políticas, con el objeto fundamental de proporcionar argumentos de defensa a esa restauración del poder imperial. La dignidad imperial se adquiría por elección. El primer emperador fue Otón El Grande.
Posteriormente fueron apareciendo controversias entre el poder espiritual y el temporal que culminaron con la querella de las investiduras, cuya base fue si el Emperador tenia o no potestad para conferir la dignidad eclesiástica a las jerarquías religiosas.
El segundo periodo se inició al difundirse en Europa las obras de Aristóteles, a mediados del siglo XII, en virtud de la versión que efectuó de las mismas la escuela de traductores de Toledo, presidida por el obispo Raimundo.
En un principio las ideas de Aristóteles eran consideradas heterodoxas. Posteriormente se rectificó esa posición y se hizo notar la concordancia de gran parte del pensamiento del Estagirita con los principios del Cristianismo, especialmente por las elaboraciones de Sal Alberto el Magno y de Santo Tomás de Aquino.
En relación con la querella de las investiduras hubo un caudal enorme de doctrina política que se expresó, como era natural, en dos direcciones:
a) En favor de la supremacía de la potestad política del emperador y los reyes
b) En favor de la supremacía de la potestad del Papa
Defendieron la supremacía del poder del Emperador GUILLERMO DE OCKAM y MARSILIO DE PADUA. En la misma línea se citan en esa época a JUAN DE PARIS y en especial por su genio literario a DANTE ALIGHIERI, quien en su libro De Monarchia interpreta el pensamiento de San Pablo de que “toda potestad viene de Dios”. Defensores de la supremacía del poder espiritual fueron Egidio Romano y muy especialmente el clérigo inglés JUAN DE SALISBURY.
6.- EL PENSAMIENTO POLITICO DE SANTO TOMÁS.- Su pensamiento se encuentra fundamentalmente en sus obras, Suma Teológica, Suma contra los Gentiles, El Gobierno de los Príncipes, Sobre el régimen de los judíos, Comentarios a la Política de Aristóteles, y Comentarios a la Ética a Nicómano, también de Aristóteles.
Santo Tomás verifica una síntesis y armonización del pensamiento político, derivado de las concepciones de la filosofía antigua, con los principios del Cristianismo.
Considera Santo Tomás que el Estado-Ciudad griego es de límites territoriales demasiado reducidos y aboga por la existencia de comunidades políticas de extensión mas considerable.
En lo que se refiere a las formas de gobierno, estima que la mejor de todas es la monarquía, por la unidad que se deriva de ella y por parecerse al Reino de Dios con una sola potestad. No obstante no defiende a la monarquía absoluta, sino que considera que es mejor un gobierno mixto en el que participen, como elementos moderadores del monarca, la democracia y la aristocracia.
El fin de la comunidad política, según Santo Tomás, es obtener el bien común y servir, de órgano unificador, evitando que la sociedad se disuelva por la actuación egoísta de los hombres.
7.- LA DOCTRINA TOMISTA DE LA LEY.- Por ser de una importancia extraordinaria para el pensamiento político, vamos a referirnos brevemente a la que en nuestro parecer es la parte medular de la doctrina de Santo Tomás en este aspecto, que es la teoría de la ley.
Se encuentra vinculado este problema con la idea del Derecho natural y en consecuencia con el importante tema de la Teoría del Estado, de las relaciones entre el Estado y el Derecho.
Hemos visto que, como señala Heller, una de las constantes imprescindibles del proceso histórico sociológico la constituye la presencia en los grupos humanos del conjunto de normas de conducta externas e imperativas que constituyen el orden jurídico.
Pero esas normas, ¿Son el resultado de la creación caprichosa de la voluntad de los hombres, o, por el contrario, tienen su fuente de inspiración en valores colocador por encima de esas construcciones caprichosas y deben inspirarse en un orden preestablecido superior a esa misma voluntad?
El párrafo que antecede es un planteamiento elemental del problema del derecho natural y nos sirve de base para exponer, a grandes rasgos la doctrina tomista en relación con este tema.
En la Suma Teológica se encuentra una parte denominada “Tratado de la Ley”. En ella expone Santo Tomás su doctrina en relación con este tema y dice como presupuesto fundamental de su pensamiento que el Universo es una unidad ordenada, sujeto a un principio regulador que le ha sido impuesto por su Creador.
Este principio ordenador es la ley eterna, lex eterna a la que define: “La ley eterna no es otra cosa que la razón de la Sabiduría Divina, en cuanto principio directivo de todos los actos y movimientos de los seres”. Pero no todos los seres de la realidad tienen la misma naturaleza. Se dividen en dos grandes grupos: racionales e irracionales.
Tratandose de las criaturas irracionales, la participación en el orden del Universo, en la ley eterna, es de una manera completamente pasiva, ciega y espontánea, conforme a una ley puramente natural: lex mere naturalis.
Tratandose de los seres racionales, es decir, del hombre, la participación o cumplimiento del orden eterno que regula el libre albedrío es racional, esto es , voluntario, activo, libre, la ley que los obliga es una ley ética natural: lex ethica naturalis, esta ley rige su conducta.
Esta ley natural, a la que deben sujetar los hombres su actividad, constituye la forma voluntaria de participación de los seres humanos en el orden eterno del Universo, en la ley eterna.
La ley natural es la parte de la ley eterna que afecta a las criaturas racionales.
Esa ley natural no se encuentra recopilada o escrita en ningún código.
Esta ley es el fundamento de la ética, de los actos morales.
Los caracteres de la ley natural para Santo Tomás, son los siguientes: es una ordenación objetiva, inmutable, universal, cognoscible e indeleble.
La ley natural es objetiva porque es independiente de la voluntad de los sujetos en cuanto a su realidad existencial, es inmutable porque deriva del orden eterno establecido en todos los seres y por ello no varía nunca, es cognoscible porque el entendimiento del hombre en forma innata la descubre dentro de sí mismo, es indeleble porque permanece sin borrarse jamás en la realidad, en el entendimiento de los hombres, es universal porque se aplica a todos los seres racionales.
La paz social sólo se logra por medio de la imposición de un orden jurídico constituido por el conjunto de normas que integran la ley humana.
Pero ese orden jurídico positivo, para ser recto, para tener validez ética, tiene que derivarse de la ley natural.
Existe, por tanto, en las comunidades políticas, y en los seres humanos que las integran la cuádruple sujeción a la ley eterna, a la ley natural, a la ley divina y a la ley humana u orden jurídico positivo.
8.- VALIDEZ PERMANENTE DE LA DOCTRINA TOMISTA DE LA LEY.- La doctrina expuesta de Santo Tomás conserva su validez porque el orden del Universo no ha variado, ni podrá variar nunca hasta su desaparición. El orden esta en los seres, en las mismas cosas, jus est in rebús dirá Domingo de Soto. La naturaleza humana tiene una realidad de la cual se deriva el orde natural al que queda sujeta su conducta.
No hay comentarios:
Publicar un comentario